BIENVENIDOS AL BLOG DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL DE LOS ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS. AQUÍ ENCONTRARÁN NOTICIAS ACERCA DE NUESTRAS ACTIVIDADES Y ÚLTIMAS NOVEDADES DE NUESTRO TALLER.

sábado, 22 de noviembre de 2008

Seminario: “La persona humana como objeto de protección de las normas internacionales”

Cronograma del Seminario

Lugar: Sala de Conferencias Max Arias Schreiber – Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM

Título: “La persona humana como objeto de protección de las normas internacionales”


Primera Jornada: miércoles 26 de noviembre: “Diez años de la Corte Penal Internacional”
Hora: 6:00pm
Expositores:
*Dr. Iván Bazán (Crímenes de Lesa Humanidad y Genocidio)
*Dr. Juan Hernández (Crímenes de Guerra)
*Mg. Juan Rosas (Implementación de la Corte Penal en el Perú)
*Dr. Augusto Hernández Campos (El crimen de agresión)

Segunda Jornada: jueves 27 de noviembre: “Sesenta años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”
Hora: 6:00pm
Expositores:
*Dr. Francisco Soberón Garrido (Plan Nacional de Derechos Humanos)
*Dr. Santiago Osorio (Mecanismos de protección)
*Dr. Miguel Huerta Barrón ((Normativa internacional sobre derechos humanos y el caso peruano)

Seminario: "La Persona Humana como Objeto de Protección de las Normas Jurídicas"




jueves, 30 de octubre de 2008

Ex esclava le gana juicio a su país

NÍGER. FUE VIOLADA Y MALTRATADA Y NO RECIBIÓ AYUDA

DAKAR [EL COMERCIO / AGENCIAS]. Unos 15.000 euros de indemnización recibirá una mujer de 24 años, Adidjatou Mai Kouraou, que consiguió que un tribunal regional de África occidental condenara a la República de Níger como responsable de la esclavitud que sufrió durante los más de nueve años que estuvo en poder de un hombre.
La corte de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (Cedeao), que se reunió en Niamey, dictaminó ayer que Kouraou fue víctima de esclavitud y culpó a los servicios administrativos y judiciales de Níger por su inacción en el caso, por lo que condenó al Estado a pagarle la mencionada cantidad.
Según los medios regionales de Dakar, Kouraou fue vendida cuando tenía 12 años por el equivalente a 366 euros a un tratante tuareg, quien a su vez la vendió como quinta esposa a un habitante de la región de Birni Nkonni, en el este de Níger.
Allí, según su propio testimonio, vivió sometida y forzada a trabajar en la casa y los campos de su dueño, Suleiman Naroua, quien la maltrató y la violó desde los 13 años, y tuvo tres hijos, de los que viven dos.
La mujer fue liberada por su amo en el 2003, pero el hombre aseguró que seguía casada con él y trató de impedir que contrajera voluntariamente matrimonio con otro, lo que originó un juicio en el que fue condenada por bigamia.
Según el tribunal, los jueces y los responsables de la administración de Níger no cumplieron con su misión de proteger a la víctima, por lo que ha condenado al Estado a abonar una indemnización por los daños y perjuicios que ella sufrió.
La víctima, asistida por la organización Anti-Slavery International, reclamaba 76.000 euros al Estado de Níger.
El Parlamento de Níger aprobó en el 2003 una ley en la que se prevé la aplicación de penas entre diez años y treinta años de cárcel para los responsables de prácticas esclavistas, pero la norma se incumple, según organizaciones de defensa de los derechos humanos.
Estos grupos han denunciado que en Níger, un país de 12 millones de habitantes, varias decenas de miles de personas sufren la esclavitud, lo que ha sido desmentido por el Gobierno de Níger.
Las autoridades realizaron en el 2007 una encuesta sobre la incidencia de la esclavitud en el país, pero aún no han publicado los resultados.
El tribunal de la Cedeao no dicta penas de cárcel, pero puede reclamar el pago de daños y perjuicios para las víctimas.
Sus sentencias tienen valor de llamados al orden a los Estados miembros para recordarles sus compromisos internacionales.

Publicado originalmente en: http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2008-10-29/ex-esclava-le-gana-juicio-su-pais.html

domingo, 7 de septiembre de 2008


viernes, 23 de mayo de 2008

TRATADO CONSTITUTIVO DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS

La República Argentina, la República de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador, la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, la República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela,

PREÁMBULO

APOYADAS en la historia compartida y solidaria de nuestras naciones, multiétnicas, plurilingües y multiculturales, que han luchado por la emancipación y la unidad suramericana, honrando el pensamiento de quienes forjaron nuestra independencia y libertad a favor de esa unión y la construcción de un futuro común;

INSPIRADAS en las Declaraciones de Cusco (8 de diciembre de 2004), Brasilia (30 de septiembre de 2005) y Cochabamba (9 de diciembre de 2006);

AFIRMAN su determinación de construir una identidad y ciudadanía suramericanas y desarrollar un espacio regional integrado en lo político, económico, social, cultural, ambiental, energético y de infraestructura, para contribuir al fortalecimiento de la unidad de América Latina y el Caribe;

CONVENCIDAS de que la integración y la unión suramericanas son necesarias para avanzar en el desarrollo sostenible y el bienestar de nuestros pueblos, así como para contribuir a resolver los problemas que aún afectan a la región, como son la pobreza, la exclusión y la desigualdad social persistentes;

SEGURAS de que la integración es un paso decisivo hacia el fortalecimiento del multilateralismo y la vigencia del derecho en las relaciones internacionales para lograr un mundo multipolar, equilibrado y justo en el que prime la igualdad soberana de los Estados y una cultura de paz en un mundo libre de armas nucleares y de destrucción masiva;

RATIFICAN que tanto la integración como la unión suramericanas se fundan en los principios rectores de: irrestricto respeto a la soberanía, integridad e inviolabilidad territorial de los Estados; autodeterminación de los pueblos; solidaridad; cooperación; paz; democracia; participación ciudadana y pluralismo; derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes; reducción de las asimetrías y armonía con la naturaleza para un desarrollo sostenible;

ENTIENDEN que la integración suramericana debe ser alcanzada a través de un proceso innovador, que incluya todos los logros y lo avanzado por los procesos de MERCOSUR y la CAN, así como la experiencia de Chile, Guyana y Suriname, yendo más allá de la convergencia de los mismos;

CONSCIENTES de que este proceso de construcción de la integración y la unión suramericanas es ambicioso en sus objetivos estratégicos, que deberá ser flexible y gradual en su implementación, asegurando que cada Estado adquiera los compromisos según su realidad;

RATIFICAN que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos son condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de paz y prosperidad económica y social y el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados Miembros;

ACUERDAN:

Artículo 1
Constitución de UNASUR

Los Estados Parte del presente Tratado deciden constituir la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) como una organización dotada de personalidad jurídica internacional.

Artículo 2

ObjetivoLa Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.

Artículo 3

Objetivos EspecíficosLa Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivos específicos:

v) el fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros que asegure un espacio de concertación para reforzar la integración suramericana y la participación de UNASUR en el escenario internacional;

w) el desarrollo social y humano con equidad e inclusión para erradicar la pobreza y superar las desigualdades en la región;

x) la erradicación del analfabetismo, el acceso universal a una educación de calidad y el reconocimiento regional de estudios y títulos;

y) la integración energética para el aprovechamiento integral, sostenible y solidario de los recursos de la región;

z) el desarrollo de una infraestructura para la interconexión de la región y entre nuestros pueblos de acuerdo a criterios de desarrollo social y económico sustentables;

aa) la integración financiera mediante la adopción de mecanismos compatibles con las políticas económicas y fiscales de los Estados Miembros;

g) la protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosistemas, así como la cooperación en la prevención de las catástrofes y en la lucha contra las causas y los efectos del cambio climático;

h) el desarrollo de mecanismos concretos y efectivos para la superación de las asimetrías, logrando así una integración equitativa;

i) la consolidación de una identidad suramericana a través del reconocimiento progresivo de derechos a los nacionales de un Estado Miembro residentes en cualquiera de los otros Estados Miembros, con el fin de alcanzar una ciudadanía suramericana;

j) el acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud;

k) la cooperación en materia de migración, con un enfoque integral, bajo el respeto irrestricto de los derechos humanos y laborales para la regularización migratoria y la armonización de políticas;

l) la cooperación económica y comercial para lograr el avance y la consolidación de un proceso innovador, dinámico, transparente, equitativo y equilibrado, que contemple un acceso efectivo, promoviendo el crecimiento y el desarrollo económico que supere las asimetrías mediante la complementación de las economías de los países de América del Sur, así como la promoción del bienestar de todos los sectores de la población y la reducción de la pobreza;

m) la integración industrial y productiva, con especial atención en las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las redes y otras formas de organización productiva;

n) la definición e implementación de políticas y proyectos comunes o complementarios de investigación, innovación, transferencia y producción tecnológica, con miras a incrementar la capacidad, la sustentabilidad y el desarrollo científico y tecnológico propios;

o) la promoción de la diversidad cultural y de las expresiones de la memoria y de los conocimientos y saberes de los pueblos de la región, para el fortalecimiento de sus identidades;

p) la participación ciudadana a través de mecanismos de interacción y diálogo entre UNASUR y los diversos actores sociales en la formulación de políticas de integración suramericana;

q) la coordinación entre los organismos especializados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas internacionales, para fortalecer la lucha contra el terrorismo, la corrupción, el problema mundial de las drogas, la trata de personas, el tráfico de armas pequeñas y ligeras, el crimen organizado transnacional y otras amenazas, así como para el desarme, la no proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva, y el desminado;

r) la promoción de la cooperación entre las autoridades judiciales de los Estados Miembros de UNASUR;

s) el intercambio de información y de experiencias en materia de defensa;

t) la cooperación para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, yu) la cooperación sectorial como un mecanismo de profundización de la integración suramericana, mediante el intercambio de información, experiencias y capacitación.

Artículo 4

Órganos

Los órganos de UNASUR son:

5. El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno;

6. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores;

7. El Consejo de Delegadas y Delegados;

8. La Secretaría General.

Artículo 5

Desarrollo de la Institucionalidad

Podrán convocarse y conformarse reuniones Ministeriales Sectoriales, Consejos de nivel Ministerial, Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales que se requieran, de naturaleza permanente o temporal, para dar cumplimiento a los mandatos y recomendaciones de los órganos competentes. Estas instancias rendirán cuenta del desempeño de sus cometidos a través del Consejo de Delegadas y Delegados, que lo elevará al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno o al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, según corresponda.Los acuerdos adoptados por las Reuniones Ministeriales Sectoriales, Consejos de nivel Ministerial, los Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales serán presentados a consideración del órgano competente que los ha creado o convocado. El Consejo Energético de Suramérica, creado en la Declaración de Margarita (17 de abril de 2007), es parte de UNASUR.

Artículo 6

El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno

El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno es el órgano máximo de UNASUR.
Sus atribuciones son:

e) establecer los lineamientos políticos, planes de acción, programas y proyectos del proceso de integración suramericana y decidir las prioridades para su implementación;

f) convocar Reuniones Ministeriales Sectoriales y crear Consejos de nivel Ministerial;

g) decidir sobre las propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores;

h) adoptar los lineamientos políticos para las relaciones con terceros.Las reuniones ordinarias del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno tendrán una periodicidad anual. A petición de un Estado Miembro se podrá convocar a reuniones extraordinarias, a través de la Presidencia Pro Tempore, con el consenso de todos los Estados Miembros de UNASUR.

Artículo 7

La Presidencia Pro Tempore

La Presidencia Pro Tempore de UNASUR será ejercida sucesivamente por cada uno de los Estados Miembros, en orden alfabético, por períodos anuales.
Sus atribuciones son:

e) preparar, convocar y presidir las reuniones de los órganos de UNASUR;

f) presentar para su consideración al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y al Consejo de Delegadas y Delegados el Programa anual de actividades de UNASUR, con fechas, sedes y agenda de las reuniones de sus órganos en coordinación con la Secretaría General;

g) representar a UNASUR en eventos internacionales, previa delegación aprobada por los Estados Miembros;

h) asumir compromisos y firmar Declaraciones con terceros, previo consentimiento de los órganos correspondientes de UNASUR.

Artículo 8

El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores

El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores tiene las siguientes atribuciones:

k) adoptar Resoluciones para implementar las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno;

l) proponer proyectos de Decisiones y preparar las reuniones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno;

m) coordinar posiciones en temas centrales de la integración suramericana;

n) desarrollar y promover el diálogo político y la concertación sobre temas de interés regional e internacional;

o) realizar el seguimiento y evaluación del proceso de integración en su conjunto;

p) aprobar el Programa anual de actividades y el presupuesto anual de funcionamiento de UNASUR;

q) aprobar el financiamiento de las iniciativas comunes de UNASUR;

r) implementar los lineamientos políticos en las relaciones con terceros;

s) aprobar resoluciones y reglamentos de carácter institucional o sobre otros temas que sean de su competencia;

t) crear Grupos de Trabajo en el marco de las prioridades fijadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno.Las reuniones ordinarias del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores tendrán una periodicidad semestral, pudiendo convocar la Presidencia Pro Tempore a reuniones extraordinarias a petición de la mitad de los Estados Miembros.

Artículo 9

El Consejo de Delegadas y Delegados

El Consejo de Delegadas y Delegados tiene las siguientes atribuciones:

i) implementar mediante la adopción de las Disposiciones pertinentes, las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, y las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría General;

j) preparar las reuniones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores;

k) elaborar proyectos de Decisiones, Resoluciones y Reglamentos para la consideración del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores;

l) compatibilizar y coordinar las iniciativas de UNASUR con otros procesos de integración regional y subregional vigentes, con la finalidad de promover la complementariedad de esfuerzos;

m) conformar, coordinar y dar seguimiento a los Grupos de Trabajo;

n) dar seguimiento al diálogo político y a la concertación sobre temas de interés regional e internacional;

o) promover los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana en el proceso de integración suramericana;

p) proponer al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de presupuesto ordinario anual de funcionamiento para su consideración y aprobación.El Consejo de Delegadas y Delegados está conformado por una o un representante acreditado por cada Estado Miembro. Se reúne con una periodicidad preferentemente bimestral, en el territorio del Estado que ejerce la Presidencia Pro Tempore u otro lugar que se acuerde.

Artículo 10

La Secretaría General

La Secretaría General es el órgano que, bajo la conducción del Secretario General, ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y ejerce su representación por delegación expresa de los mismos. Tiene su sede en Quito, Ecuador.
Sus atribuciones son:

j) apoyar al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, al Consejo de Delegadas y Delegados y a la Presidencia Pro Tempore, en el cumplimiento de sus funciones;

k) proponer iniciativas y efectuar el seguimiento a las directrices de los órganos de UNASUR;

l) participar con derecho a voz y ejercer la función de secretaría en las reuniones de los órganos de UNASUR;

m) preparar y presentar la Memoria Anual y los informes respectivos a los órganos correspondientes de UNASUR;

n) servir como depositaria de los Acuerdos en el ámbito de UNASUR y disponer su publicación correspondiente;

o) preparar el proyecto de presupuesto anual para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y adoptar las medidas necesarias para su buena gestión y ejecución;

p) preparar los proyectos de Reglamento para el funcionamiento de la Secretaría General, y someterlos a la consideración y aprobación de los órganos correspondientes;

q) coordinar con otras entidades de integración y cooperación de América Latina y el Caribe para el desarrollo de las actividades que le encomienden los órganos de UNASUR;

r) celebrar, de acuerdo con los reglamentos, todos los actos jurídicos necesarios para la buena administración y gestión de la Secretaría General.El Secretario General será designado por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno a propuesta del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, por un período de dos años, renovable por una sola vez. El Secretario General no podrá ser sucedido por una persona de la misma nacionalidad.Durante el ejercicio de sus funciones, el Secretario General y los funcionarios de la Secretaría tendrán dedicación exclusiva, no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno, ni entidad ajena a UNASUR, y se abstendrán de actuar en forma incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicamente ante esta organización internacional.

El Secretario General ejerce la representación legal de la Secretaría General.En la selección de los funcionarios de la Secretaría General se garantizará una representación equitativa entre los Estados Miembros, tomando en cuenta, en lo posible, criterios de género, idiomas, étnicos y otros.

Artículo 11

Fuentes Jurídicas

Las fuentes jurídicas de UNASUR son las siguientes:

6. El Tratado Constitutivo de UNASUR y los demás instrumentos adicionales;

7. Los Acuerdos que celebren los Estados Miembros de UNASUR sobre la base de los instrumentos mencionados en el punto precedente;

8. Las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno;

9. Las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; y

10. Las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados.

Artículo 12

Aprobación de la Normativa

Toda la normativa de UNASUR se adoptará por consenso.
Las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados, se podrán acordar estando presentes al menos tres cuartos (3/4) de los Estados Miembros.

Las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, que se acuerden sin la presencia de todos los Estados Miembros deberán ser consultadas por el Secretario General a los Estados Miembros ausentes, los que deberán pronunciarse en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, luego de haber recibido el documento en el idioma correspondiente.

En el caso del Consejo de Delegadas y Delegados, dicho plazo será de quince (15) días.Los Grupos de Trabajo podrán sesionar y realizar propuestas siempre que el quórum de las reuniones sea de mitad más uno de los Estados Miembros.Los actos normativos emanados de los órganos de UNASUR, serán obligatorios para los Estados Miembros una vez que hayan sido incorporados en el ordenamiento jurídico de cada uno de ellos, de acuerdo a sus respectivos procedimientos internos.

Artículo 13

Adopción de Políticas y Creación de Instituciones,Organizaciones y Programas

Uno o más Estados Miembros podrán someter a consideración del Consejo de Delegadas y Delegados una propuesta de adopción de políticas, creación de instituciones, organizaciones o programas comunes para ser adoptados de manera consensuada, sobre la base de criterios flexibles y graduales de implementación según los objetivos de UNASUR y lo dispuesto en los Artículos 5 y 12 del presente Tratado.

En el caso de programas, instituciones u organizaciones en que participen Estados Miembros con anterioridad a la vigencia de este Tratado podrán ser considerados como programas, instituciones u organizaciones de UNASUR de acuerdo a los procedimientos señalados en este artículo y en consonancia con los objetivos de este Tratado. Las propuestas se presentarán al Consejo de Delegadas y Delegados. Una vez aprobadas por consenso se remitirán al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y, subsecuentemente, al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, para su aprobación por consenso. Cuando una propuesta no sea objeto de consenso, la misma sólo podrá ser sometida nuevamente al Consejo de Delegadas y Delegados seis meses después de su última inclusión en agenda.Aprobada una propuesta por la instancia máxima de UNASUR, tres o más Estados Miembros podrán iniciar su desarrollo, siempre y cuando se asegure, tanto la posibilidad de incorporación de otros Estados Miembros, como la información periódica de su avance al Consejo de Delegadas y Delegados.

Cualquier Estado Miembro podrá eximirse de aplicar total o parcialmente una política aprobada, sea por tiempo definido o indefinido, sin que ello impida su posterior incorporación total o parcial a la misma. En el caso de las instituciones, organizaciones o programas que se creen, cualquiera de los Estados Miembros podrá participar como observador o eximirse total o parcialmente de participar por tiempo definido o indefinido.La adopción de políticas y creación de instituciones, organizaciones y programas será reglamentada por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados.

Artículo 14

Diálogo Político

La concertación política entre los Estados Miembros de UNASUR será un factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos.Los Estados Miembros reforzarán la práctica de construcción de consensos en lo que se refiere a los temas centrales de la agenda internacional y promoverán iniciativas que afirmen la identidad de la región como un factor dinámico en las relaciones internacionales.

Artículo 15

Relaciones con Terceros

UNASUR promoverá iniciativas de diálogo sobre temas de interés regional o internacional y buscará consolidar mecanismos de cooperación con otros grupos regionales, Estados y otras entidades con personalidad jurídica internacional, priorizando proyectos en las áreas de energía, financiamiento, infraestructura, políticas sociales, educación y otras a definirse.

El Consejo de Delegadas y Delegados es el responsable de hacer seguimiento a las actividades de implementación con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y de la Secretaría General. Con el propósito de contar con una adecuada coordinación, el Consejo de Delegadas y Delegados deberá conocer y considerar expresamente las posiciones que sustentará UNASUR en su relacionamiento con terceros.Artículo 16FinanciamientoEl Consejo de Delegadas y Delegados propondrá para su consideración y aprobación al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el Proyecto de Presupuesto ordinario anual de funcionamiento de la Secretaría General.

El financiamiento del presupuesto ordinario de funcionamiento de la Secretaría General se realizará en base a cuotas diferenciadas de los Estados Miembros a ser determinadas por Resolución del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, a propuesta del Consejo de Delegadas y Delegados, tomando en cuenta la capacidad económica de los Estados Miembros, la responsabilidad común y el principio de equidad.

Artículo 17

Parlamento

La conformación de un Parlamento Suramericano con sede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, será materia de un Protocolo Adicional al presente Tratado.

Artículo 18

Participación Ciudadana

Se promoverá la participación plena de la ciudadanía en el proceso de la integración y la unión suramericanas, a través del diálogo y la interacción amplia, democrática, transparente, pluralista, diversa e independiente con los diversos actores sociales, estableciendo canales efectivos de información, consulta y seguimiento en las diferentes instancias de UNASUR.

Los Estados Miembros y los órganos de UNASUR generarán mecanismos y espacios innovadores que incentiven la discusión de los diferentes temas garantizando que las propuestas que hayan sido presentadas por la ciudadanía, reciban una adecuada consideración y respuesta.

Artículo 19

Estados Asociados Los demás Estados de América Latina y el Caribe que soliciten su participación como Estados Asociados de UNASUR, podrán ser admitidos con la aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno.Los derechos y obligaciones de los Estados Asociados serán objeto de reglamentación por parte del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores.

Artículo 20

Adhesión de Nuevos Miembros

A partir del quinto año de la entrada en vigor del presente Tratado y teniendo en cuenta el propósito de fortalecer la unidad de América Latina y el Caribe, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno podrá examinar solicitudes de adhesión como Estados Miembros por parte de Estados Asociados, que tengan este status por cuatro (4) años, mediante recomendación por consenso del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. Los respectivos Protocolos de Adhesión entrarán en vigor a los 30 días de la fecha en que se complete su proceso de ratificación por todos los Estados Miembros y el Estado Adherente.

Artículo 21

Solución de Diferencias

Las diferencias que pudieren surgir entre Estados Partes respecto a la interpretación o aplicación de las disposiciones del presente Tratado Constitutivo serán resueltas mediante negociaciones directas.

En caso de no lograr una solución mediante la negociación directa, dichos Estados Miembros someterán la diferencia a consideración del Consejo de Delegadas y Delegados, el cual, dentro de los 60 días de su recepción, formulará las recomendaciones pertinentes para la solución de la misma.En caso de no alcanzarse una solución ésta instancia elevará la diferencia al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, para su consideración en su próxima reunión.

Artículo 22

Inmunidades y Privilegios

UNASUR gozará, en el territorio de cada uno de los Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus propósitos.Los representantes de los Estados Miembros de UNASUR y los funcionarios internacionales de ésta, gozarán asimismo de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeñar con independencia sus funciones, en relación con este Tratado.

UNASUR celebrará con la República del Ecuador el correspondiente Acuerdo de Sede, que establecerá los privilegios e inmunidades específicos.

Artículo 23

Idiomas

Los idiomas oficiales de la Unión de Naciones Suramericanas serán el castellano, el inglés, el portugués y el neerlandés.

Artículo 24

Duración y Denuncia

El presente Tratado Constitutivo tendrá una duración indefinida. Podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados Miembros mediante notificación escrita al Depositario, que comunicará dicha denuncia a los demás Estados Miembros.

La denuncia surtirá efectos una vez transcurrido el plazo de seis (6) meses desde la fecha en que la notificación haya sido recibida por el Depositario.La notificación de denuncia no eximirá al Estado Miembro de la obligación de pago de las contribuciones ordinarias que tuviere pendientes.

Artículo 25

Enmiendas

Cualquier Estado Miembro podrá proponer enmiendas al presente Tratado Constitutivo. Las propuestas de enmienda serán comunicadas a la Secretaría General que las notificará a los Estados Miembros para su consideración por los órganos de UNASUR. Las enmiendas aprobadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, seguirán el procedimiento establecido en el Artículo 26, para su posterior entrada en vigencia.

Artículo 26

Entrada en Vigor

El presente Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno (9o) instrumento de ratificación. Los instrumentos de ratificación serán depositados ante el Gobierno de la República del Ecuador, que comunicará la fecha de depósito a los demás Estados Miembros, así como la fecha de entrada en vigor del presente Tratado Constitutivo.Para el Estado Miembro que ratifique el Tratado Constitutivo luego de haber sido depositado el noveno instrumento de ratificación, el mismo entrará en vigor treinta días después de la fecha en que tal Estado Miembro haya depositado su instrumento de ratificación.

Artículo 27

Registro

El presente Tratado Constitutivo y sus enmiendas serán registrados ante la Secretaría de la Organización de Naciones Unidas.

Artículo Transitorio

Las Partes acuerdan designar una Comisión Especial, que será coordinada por el Consejo de Delegadas y Delegados y estará integrada por representantes de los Parlamentos Nacionales, Subregionales y Regionales con el objetivo de elaborar un Proyecto de Protocolo Adicional que será considerado en la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Esta Comisión sesionará en la ciudad de Cochabamba.

Dicho Protocolo Adicional establecerá la composición, atribuciones y funcionamiento del Parlamento Suramericano.Suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil ocho, en originales en los idiomas portugués, castellano, inglés y neerlandés, siendo los cuatro textos igualmente auténticos

Documento tomado del sitio web de la Cancillería de Brasil
http://www.mre.gov.br/portugues/imprensa/nota_detalhe3.asp?ID_RELEASE=5466

miércoles, 7 de mayo de 2008

El tigre semita

Por: Carlos Alberto Montaner. Periodista

Primero se comenzó a hablar de los cuatro "tigres asiáticos": Taiwán, Singapur, Corea del Sur y Hong Kong. Eran países que en el curso de una generación saltaron de la miseria al desarrollo. Luego siguieron Nueva Zelanda (el tigre anglo), Irlanda (el tigre celta), e incluso Chile, al que comienzan a llamar el "tigre latino".

Lo curioso es que entre esas historias de éxito nadie cita la más impresionante de todas: Israel. Por estas fechas se cumplen 60 años de su tumultuosa fundación. Entonces casi nadie apostaba por la supervivencia de aquel pequeño Estado surgido en la tensa primavera de 1948 en medio de los primeros combates de la Guerra Fría. Los padres fundadores eran apenas un puñado de soñadores asediados por decenas de millones de árabes dispuestos a aplastarlos. Tenían una desesperada convicción: construir un espacio seguro y decente en el que el atormentado pueblo judío pudiera sobrevivir al brutal antisemitismo esporádicamente practicado por casi todas las otras naciones monoteístas surgidas de Abraham, el padre común de judíos, cristianos y mahometanos.

Israel lo tenía todo en contra: la geografía, los vecinos, el suelo seco, la escasa y variada población, incluso el idioma, porque el hebreo era una lengua ritual, prácticamente muerta, confinada a la sinagoga y a la lectura de los libros sagrados, que hubo que revitalizar mientras la población judía se comunicaba en los idiomas vernáculos de los países de donde provenía. La etnia se dividía profundamente en dos comunidades: los asquenazí, generalmente de origen germano-polaco y los sefarditas, originalmente procedentes de España, de donde fueron expulsados en 1492.

No existía, pues, un pueblo judío, sino diversos pueblos judíos forjados en la diáspora. No poseían ningún fenotipo que los caracterizara físicamente. Se vinculaban, además, de distintas maneras a la tradición religiosa y cultural del nuevo país, ostentando muy diferentes grados de desarrollo intelectual y académico. Variedad que, sin duda, no era el mejor cohesivo para unificar a la vacilante nación que dio sus primeros pasos en medio de una invasión destinada a "echar a los judíos al mar".

¿Qué hicieron en sesenta años los israelitas con ese mosaico abigarrado y difícil? Hicieron una complejísima democracia parlamentaria, reflejo de la diversidad de una vibrante sociedad que hoy cuenta con más de siete millones de habitantes, radicados en un diminuto país de apenas 20.000 kilómetros cuadrados, que disfrutan de todos los derechos individuales, en la que las poderosas fuerzas armadas están subordinadas a la autoridad de los civiles. Hicieron un Gobierno razonablemente eficaz, más honrado que la media, pese a las turbulencias en las que han tenido que vivir. Hicieron un país con una población altamente educada, con el menor índice de violencia social del mundo, incluido ese 16% de personas de religión islámica, una minoría, también israelí, difícilmente asimilable, aun cuando constituye el grupo árabe que más libertades y prosperidad posee de cuantos pueblan la tierra.

Israel hoy tiene un per cápita de US$29.000 y, de acuerdo con el Índice de Desarrollo Humano de la ONU, que mide la calidad de vida, forma parte de los treinta países punteros del mundo, entre Alemania y Grecia, donde no comparece ninguna otra nación del Medio Oriente , pese a que tiene que dedicar a su defensa nada menos que el 8% de cuanto el país produce, porque ya se ha desangrado en por lo menos tres costosas guerras y mañana pudiera comenzar la cuarta.

¿Cómo Israel ha logrado este milagro económico? Esencialmente, cultivando su enorme capital humano y sus virtudes cívicas, basándose en inteligencia, rigor, trabajo intenso y respeto a la ley, lo que le ha permitido ser muy eficiente en la agricultura, las comunicaciones, la electrónica, la fabricación de equipos médicos, aviación e industria armamentística, y hasta en el ámbito espacial, dado que ya hay satélites israelíes girando en torno a la Tierra.

No todo, por supuesto, es perfecto en el país, pero para juzgar a Israel siempre hay que preguntarse dónde existe otra sociedad libre y desarrollada que en apenas seis décadas, surgiendo de la nada y contra viento y marea, ha conseguido los logros obtenidos por el pueblo hebreo. Es hora de empezar a hablar del tigre semita. Hay que estudiar muy bien lo que allí se ha hecho. Es casi milagroso.
© Firmas Press

Publicado originalmente en "El Comercio" 05 de mayo de 2008

miércoles, 30 de abril de 2008

Discurso de Benedicto XVI ante la ONU el 21-04-08

Señor Presidente

Señoras y Señores

Al comenzar mi intervención en esta Asamblea, deseo ante todo expresarle a usted, Señor Presidente, mi sincera gratitud por sus amables palabras.
. Quiero agradecer también al Secretario General, el Señor Ban Ki-moon, por su invitación a visitar la Sede central de la Organización y por su cordial bienvenida. Saludo a los Embajadores y a los Diplomáticos de los Estados Miembros, así como a todos los presentes: a través de ustedes, saludo a los pueblos que representan aquí. Ellos esperan de esta Institución que lleve adelante la inspiración que condujo a su fundación, la de ser un «centro que armonice los esfuerzos de las Naciones por alcanzar los fines comunes», de la paz y el desarrollo (cf. Carta de las Naciones Unidas, art. 1.2-1.4). Como dijo el Papa Juan Pablo II en 1995, la Organización debería ser “centro moral, en el que todas las naciones del mundo se sientan como en su casa, desarrollando la conciencia común de ser, por así decir, una ‘familia de naciones’” (Nueva York, 5 de octubre de 1995, 14).

A través de las Naciones Unidas, los Estados han establecido objetivos universales que, aunque no coincidan con el bien común total de la familia humana, representan sin duda una parte fundamental de este mismo bien. Los principios fundacionales de la Organización –el deseo de la paz, la búsqueda de la justicia, el respeto de la dignidad de la persona, la cooperación y la asistencia humanitaria expresan las justas aspiraciones del espíritu humano y constituyen los ideales que deberían estar subyacentes en las relaciones internacionales. Como mis predecesores Pablo VI y Juan Pablo II han hecho notar desde esta misma tribuna, se trata de cuestiones que la Iglesia Católica y la Santa Sede siguen con atención e interés, pues ven en vuestra actividad un ejemplo de cómo los problemas y conflictos relativos a la comunidad mundial pueden estar sujetos a una reglamentación común. Las Naciones Unidas encarnan la aspiración a “un grado superior de ordenamiento internacional” (43), inspirado y gobernado por el principio de subsidiaridad y, por tanto, capaz de responder a las demandas de la familia humana mediante reglas internacionales vinculantes y estructuras capaces de armonizar el desarrollo cotidiano de la vida de los pueblos. Esto es más necesario aún en un tiempo en el que experimentamos la manifiesta paradoja de un consenso multilateral que sigue padeciendo una crisis a causa de su subordinación a las decisiones de unos pocos, mientras que los problemas del mundo exigen intervenciones conjuntas por parte de la comunidad internacional.
Ciertamente, cuestiones de seguridad, los objetivos del desarrollo, la reducción de las desigualdades locales y globales, la protección del entorno, de los recursos y del clima, requieren que todos los responsables internacionales actúen conjuntamente y demuestren una disponibilidad para actuar de buena fe, respetando la ley y promoviendo la solidaridad con las regiones más débiles del planeta. Pienso particularmente en aquellos Países de África y de otras partes del mundo que permanecen al margen de un auténtico desarrollo integral, y corren por tanto el riesgo de experimentar sólo los efectos negativos de la globalización. En el contexto de las relaciones internacionales, es necesario reconocer el papel superior que desempeñan las reglas y las estructuras intrínsecamente ordenadas a promover el bien común y, por tanto, a defender la libertad humana. Dichas reglas no limitan la libertad. Por el contrario, la promueven cuando prohíben comportamientos y actos que van contra el bien común, obstaculizan su realización efectiva y, por tanto, comprometen la dignidad de toda persona humana. En nombre de la libertad debe haber una correlación entre derechos y deberes, por la cual cada persona está llamada a asumir la responsabilidad de sus opciones, tomadas al entrar en relación con los otros. Aquí, nuestro pensamiento se dirige al modo en que a veces se han aplicado los resultados de los descubrimientos de la investigación científica y tecnológica. No obstante los enormes beneficios que la humanidad puede recabar de ellos, algunos aspectos de dicha aplicación representan una clara violación del orden de la creación, hasta el punto en que no solamente se contradice el carácter sagrado de la vida, sino que la persona humana misma y la familia se ven despojadas de su identidad natural. Del mismo modo, la acción internacional dirigida a preservar el entorno y a proteger las diversas formas de vida sobre la tierra no ha de garantizar solamente un empleo racional de la tecnología y de la ciencia, sino que debe redescubrir también la auténtica imagen de la creación. Esto nunca requiere optar entre ciencia y ética: se trata más bien de adoptar un método científico que respete realmente los imperativos éticos.

El reconocimiento de la unidad de la familia humana y la atención a la dignidad innata de cada hombre y mujer adquiere hoy un nuevo énfasis con el principio de la responsabilidad de proteger. Este principio ha sido definido sólo recientemente, pero ya estaba implícitamente presente en los orígenes de las Naciones Unidas y ahora se ha convertido cada vez más en una característica de la actividad de la Organización. Todo Estado tiene el deber primario de proteger a la propia población de violaciones graves y continuas de los derechos humanos, como también de las consecuencias de las crisis humanitarias, ya sean provocadas por la naturaleza o por el hombre. Si los Estados no son capaces de garantizar esta protección, la comunidad internacional ha de intervenir con los medios jurídicos previstos por la Carta de las Naciones Unidas y por otros instrumentos internacionales. La acción de la comunidad internacional y de sus instituciones, dando por sentado el respeto de los principios que están a la base del orden internacional, no tiene por qué ser interpretada nunca como una imposición injustificada y una limitación de soberanía. Al contrario, es la indiferencia o la falta de intervención lo que causa un daño real. Lo que se necesita es una búsqueda más profunda de los medios para prevenir y controlar los conflictos, explorando cualquier vía diplomática posible y prestando atención y estímulo también a las más tenues señales de diálogo o deseo de reconciliación.

El principio de la “responsabilidad de proteger” fue considerado por el antiguo ius gentium como el fundamento de toda actuación de los gobernadores hacia los gobernados: en tiempos en que se estaba desarrollando el concepto de Estados nacionales soberanos, el fraile dominico Francisco de Vitoria, calificado con razón como precursor de la idea de las Naciones Unidas, describió dicha responsabilidad como un aspecto de la razón natural compartida por todas las Naciones, y como el resultado de un orden internacional cuya tarea era regular las relaciones entre los pueblos. Hoy como entonces, este principio ha de hacer referencia a la idea de la persona como imagen del Creador, al deseo de una absoluta y esencial libertad. Como sabemos, la fundación de las Naciones Unidas coincidió con la profunda conmoción experimentada por la humanidad cuando se abandonó la referencia al sentido de la trascendencia y de la razón natural y, en consecuencia, se violaron gravemente la libertad y la dignidad del hombre. Cuando eso ocurre, los fundamentos objetivos de los valores que inspiran y gobiernan el orden internacional se ven amenazados, y minados en su base los principios inderogables e inviolables formulados y consolidados por las Naciones Unidas. Cuando se está ante nuevos e insistentes desafíos, es un error retroceder hacia un planteamiento pragmático, limitado a determinar “un terreno común”, minimalista en los contenidos y débil en su efectividad.

La referencia a la dignidad humana, que es el fundamento y el objetivo de la responsabilidad de proteger, nos lleva al tema sobre el cual hemos sido invitados a centrarnos este año, en el que se cumple el 60° aniversario de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. El documento fue el resultado de una convergencia de tradiciones religiosas y culturales, todas ellas motivadas por el deseo común de poner a la persona humana en el corazón de las instituciones, leyes y actuaciones de la sociedad, y de considerar a la persona humana esencial para el mundo de la cultura, de la religión y de la ciencia. Los derechos humanos son presentados cada vez más como el lenguaje común y el sustrato ético de las relaciones internacionales. Al mismo tiempo, la universalidad, la indivisibilidad y la interdependencia de los derechos humanos sirven como garantía para la salvaguardia de la dignidad humana. Sin embargo, es evidente que los derechos reconocidos y enunciados en la Declaración se aplican a cada uno en virtud del origen común de la persona, la cual sigue siendo el punto más alto del designio creador de Dios para el mundo y la historia. Estos derechos se basan en la ley natural inscrita en el corazón del hombre y presente en las diferentes culturas y civilizaciones. Arrancar los derechos humanos de este contexto significaría restringir su ámbito y ceder a una concepción relativista, según la cual el sentido y la interpretación de los derechos podrían variar, negando su universalidad en nombre de los diferentes contextos culturales, políticos, sociales e incluso religiosos. Así pues, no se debe permitir que esta vasta variedad de puntos de vista oscurezca no sólo el hecho de que los derechos son universales, sino que también lo es la persona humana, sujeto de estos derechos.

La vida de la comunidad, tanto en el ámbito interior como en el internacional, muestra claramente cómo el respeto de los derechos y las garantías que se derivan de ellos son las medidas del bien común que sirven para valorar la relación entre justicia e injusticia, desarrollo y pobreza, seguridad y conflicto. La promoción de los derechos humanos sigue siendo la estrategia más eficaz para extirpar las desigualdades entre Países y grupos sociales, así como para aumentar la seguridad. Es cierto que las víctimas de la opresión y la desesperación, cuya dignidad humana se ve impunemente violada, pueden ceder fácilmente al impulso de la violencia y convertirse ellas mismas en transgresoras de la paz. Sin embargo, el bien común que los derechos humanos permiten conseguir no puede lograrse simplemente con la aplicación de procedimientos correctos ni tampoco a través de un simple equilibrio entre derechos contrapuestos. La Declaración Universal tiene el mérito de haber permitido confluir en un núcleo fundamental de valores y, por lo tanto, de derechos, a diferentes culturas, expresiones jurídicas y modelos institucionales. No obstante, hoy es preciso redoblar los esfuerzos ante las presiones para reinterpretar los fundamentos de la Declaración y comprometer con ello su íntima unidad, facilitando así su alejamiento de la protección de la dignidad humana para satisfacer meros intereses, con frecuencia particulares. La Declaración fue adoptada como un “ideal común” (preámbulo) y no puede ser aplicada por partes separadas, según tendencias u opciones selectivas que corren simplemente el riesgo de contradecir la unidad de la persona humana y por tanto la indivisibilidad de los derechos humanos.

La experiencia nos enseña que a menudo la legalidad prevalece sobre la justicia cuando la insistencia sobre los derechos humanos los hace aparecer como resultado exclusivo de medidas legislativas o decisiones normativas tomadas por las diversas agencias de los que están en el poder. Cuando se presentan simplemente en términos de legalidad, los derechos corren el riesgo de convertirse en proposiciones frágiles, separadas de la dimensión ética y racional, que es su fundamento y su fin. Por el contrario, la Declaración Universal ha reforzado la convicción de que el respeto de los derechos humanos está enraizado principalmente en la justicia que no cambia, sobre la cual se basa también la fuerza vinculante de las proclamaciones internacionales. Este aspecto se ve frecuentemente desatendido cuando se intenta privar a los derechos de su verdadera función en nombre de una mísera perspectiva utilitarista. Puesto que los derechos y los consiguientes deberes provienen naturalmente de la interacción humana, es fácil olvidar que son el fruto de un sentido común de la justicia, basado principalmente sobre la solidaridad entre los miembros de la sociedad y, por tanto, válidos para todos los tiempos y todos los pueblos. Esta intuición fue expresada ya muy pronto, en el siglo V, por Agustín de Hipona, uno de los maestros de nuestra herencia intelectual. Decía que la máxima no hagas a otros lo que no quieres que te hagan a ti “en modo alguno puede variar, por mucha que sea la diversidad de las naciones” (De doctrina christiana, III, 14).
Por tanto, los derechos humanos han de ser respetados como expresión de justicia, y no simplemente porque pueden hacerse respetar mediante la voluntad de los legisladores.

Señoras y Señores, con el transcurrir de la historia surgen situaciones nuevas y se intenta conectarlas a nuevos derechos. El discernimiento, es decir, la capacidad de distinguir el bien del mal, se hace más esencial en el contexto de exigencias que conciernen a la vida misma y al comportamiento de las personas, de las comunidades y de los pueblos. Al afrontar el tema de los derechos, puesto que en él están implicadas situaciones importantes y realidades profundas, el discernimiento es al mismo tiempo una virtud indispensable y fructuosa.

Así, el discernimiento muestra cómo el confiar de manera exclusiva a cada Estado, con sus leyes e instituciones, la responsabilidad última de conjugar las aspiraciones de personas, comunidades y pueblos enteros puede tener a veces consecuencias que excluyen la posibilidad de un orden social respetuoso de la dignidad y los derechos de la persona. Por otra parte, una visión de la vida enraizada firmemente en la dimensión religiosa puede ayudar a conseguir dichos fines, puesto que el reconocimiento del valor trascendente de todo hombre y toda mujer favorece la conversión del corazón, que lleva al compromiso de resistir a la violencia, al terrorismo y a la guerra, y de promover la justicia y la paz. Además, esto proporciona el contexto apropiado para ese diálogo interreligioso que las Naciones Unidas están llamadas a apoyar, del mismo modo que apoyan el diálogo en otros campos de la actividad humana. El diálogo debería ser reconocido como el medio a través del cual los diversos sectores de la sociedad pueden articular su propio punto de vista y construir el consenso sobre la verdad en relación a los valores u objetivos particulares. Pertenece a la naturaleza de las religiones, libremente practicadas, el que puedan entablar autónomamente un diálogo de pensamiento y de vida. Si también a este nivel la esfera religiosa se mantiene separada de la acción política, se producirán grandes beneficios para las personas y las comunidades. Por otra parte, las Naciones Unidas pueden contar con los resultados del diálogo entre las religiones y beneficiarse de la disponibilidad de los creyentes para poner sus propias experiencias al servicio del bien común. Su cometido es proponer una visión de la fe, no en términos de intolerancia, discriminación y conflicto, sino de total respeto de la verdad, la coexistencia, los derechos y la reconciliación.

Obviamente, los derechos humanos deben incluir el derecho a la libertad religiosa, entendido como expresión de una dimensión que es al mismo tiempo individual y comunitaria, una visión que manifiesta la unidad de la persona, aun distinguiendo claramente entre la dimensión de ciudadano y la de creyente. La actividad de las Naciones Unidas en los años recientes ha asegurado que el debate público ofrezca espacio a puntos de vista inspirados en una visión religiosa en todas sus dimensiones, incluyendo la de rito, culto, educación, difusión de informaciones, así como la libertad de profesar o elegir una religión. Es inconcebible, por tanto, que los creyentes tengan que suprimir una parte de sí mismos –su fe– para ser ciudadanos activos. Nunca debería ser necesario renegar de Dios para poder gozar de los propios derechos. Los derechos asociados con la religión necesitan protección sobre todo si se los considera en conflicto con la ideología secular predominante o con posiciones de una mayoría religiosa de naturaleza exclusiva. No se puede limitar la plena garantía de la libertad religiosa al libre ejercicio del culto, sino que se ha de tener en la debida consideración la dimensión pública de la religión y, por tanto, la posibilidad de que los creyentes contribuyan la construcción del orden social. A decir verdad, ya lo están haciendo, por ejemplo, a través de su implicación influyente y generosa en una amplia red de iniciativas, que van desde las universidades a las instituciones científicas, escuelas, centros de atención médica y a organizaciones caritativas al servicio de los más pobres y marginados. El rechazo a reconocer la contribución a la sociedad que está enraizada en la dimensión religiosa y en la búsqueda del Absoluto –expresión por su propia naturaleza de la comunión entre personas privilegiaría efectivamente un planteamiento individualista y fragmentaría la unidad de la persona.

Mi presencia en esta Asamblea es una muestra de estima por las Naciones Unidas y es considerada como expresión de la esperanza en que la Organización sirva cada vez más como signo de unidad entre los Estados y como instrumento al servicio de toda la familia humana. Manifiesta también la voluntad de la Iglesia Católica de ofrecer su propia aportación a la construcción de relaciones internacionales en un modo en que se permita a cada persona y a cada pueblo percibir que son un elemento capaz de marcar la diferencia. Además, la Iglesia trabaja para obtener dichos objetivos a través de la actividad internacional de la Santa Sede, de manera coherente con la propia contribución en la esfera ética y moral y con la libre actividad de los propios fieles. Ciertamente, la Santa Sede ha tenido siempre un puesto en las asambleas de las Naciones, manifestando así el propio carácter específico en cuanto sujeto en el ámbito internacional. Como han confirmado recientemente las Naciones Unidas, la Santa Sede ofrece así su propia contribución según las disposiciones de la ley internacional, ayuda a definirla y a ella se remite.
Las Naciones Unidas siguen siendo un lugar privilegiado en el que la Iglesia está comprometida a llevar su propia experiencia “en humanidad”, desarrollada a lo largo de los siglos entre pueblos de toda raza y cultura, y a ponerla a disposición de todos los miembros de la comunidad internacional. Esta experiencia y actividad, orientadas a obtener la libertad para todo creyente, intentan aumentar también la protección que se ofrece a los derechos de la persona. Dichos derechos están basados y plasmados en la naturaleza trascendente de la persona, que permite a hombres y mujeres recorrer su camino de fe y su búsqueda de Dios en este mundo. El reconocimiento de esta dimensión debe ser reforzado si queremos fomentar la esperanza de la humanidad en un mundo mejor, y crear condiciones propicias para la paz, el desarrollo, la cooperación y la garantía de los derechos de las generaciones futuras.
En mi reciente Encíclica, he subrayado “que la búsqueda, siempre nueva y fatigosa, de rectos ordenamientos para las realidades humanas es una tarea de cada generación” (n. 25). Para los cristianos, esta tarea está motivada por la esperanza que proviene de la obra salvadora de Jesucristo. Precisamente por eso la Iglesia se alegra de estar asociada con la actividad de esta ilustre Organización, a la cual está confiada la responsabilidad de promover la paz y la buena voluntad en todo el mundo. Queridos amigos, os doy las gracias por la oportunidad de dirigirme hoy a vosotros y prometo la ayuda de mis oraciones para el desarrollo de vuestra noble tarea.

Antes de despedirme de esta ilustre Asamblea, quisiera expresar mis mejores deseos, en las lenguas oficiales, a todas las Naciones representadas en ella:
Paz y prosperidad con la ayuda de Dios!
Muchas gracias.

BENEDICTO XVI



Publicado originalmente en: http://www.diocesistoluca.org.mx/noticias/index.php?option=com_content&task=view&id=1590&Itemid=2

sábado, 12 de abril de 2008

Crimen sin Fronteras: La Amenaza del Terrorismo In

Escrito por Tony Medina Rivas Plata, miembro principal del TADI. Artículo publicado en http://www.proyectocoherencia.org/articulos/contenido.php?categoria=9&id=0.5774765605496754. Miércoles 26 de Marzo del 2008

Al parecer, la crisis andina desatada a raíz de la incursión colombiana en territorio ecuatoriano se extenderá por un buen tiempo. Era de esperarse; bastaba ver la famosa foto de Rafael Correa dándole la mano a Álvaro Uribe: "Esto no se va a quedar así" parecía decirle. En efecto, se halló el detonante con la ya probada muerte de un ecuatoriano en el campamento de las FARC. Con esta excusa se infló nuevamente un conflicto que ya parecía zanjado en la cumbre del Grupo de Río. Parece que el presidente ecuatoriano no ve, o no quiere ver, la nueva realidad del terror organizado. El ecuatoriano muerto por las Fuerzas Armadas Colombianas podía no ser necesariamente un terrorista; de hecho podía ser un contrabandista o un delincuente común cualquiera, pero parece que definitivamente era un colaborador de las FARC. Sea como sea, la realidad es que Correa buscaba alguna manera de no cerrar este conflicto y extenderlo aún más, apelando a la muerte de su compatriota. Imaginemos que cerca de la zona fronteriza un policía ecuatoriano encargado de vigilar un área aledaña a una empresa metalmecánica italiana que trabaja con funcionarios colombianos bajo supervisión china y cuya producción sea destinada al mercado tailandés con financiación de un banco de Gran Caimán hubiese muerto a manos de sicarios venezolanos por algún ajuste de cuentas, a la vez que se descubriera que dichos sicarios fueron contratados por la empresa. ¿Cómo determinarían las autoridades ecuatorianas la responsabilidad del asesinato? ¿A quién culpar? ¿A los venezolanos por dejar que agentes extranjeros violen su soberanía para matar a un compatriota? ¿A los chinos por hacerse de la vista gorda? ¿A los empresarios italianos por camuflar actividades ilícitas? ¿Qué diría el presidente Correa?

Mejor pongamos un ejemplo sobre algo que sí sucedió. Perú debería recordarle a Ecuador que el año pasado sus soldados mataron dentro de nuestro territorio a un peruano que traficaba combustible a través de la frontera, para posteriormente arrastrarlo hacia territorio ecuatoriano. Yo leí de casualidad el día de hoy esa noticia y no recuerdo que se haya producido un reclamo similar al respecto sobre esta flagrante violación a nuestra soberanía. Aquí pueden verla:
http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/html/2007-11-11/peruano_es_abatido_por_militar.html

El problema de fondo aquí es la ya no tan nueva forma que está asumiendo el crimen organizado; en este caso particular el terrorismo a escala global. Algunas voces en nuestro país consideran que el conflicto colombiano es un asunto que sólo concierne a ellos y que las FARC son un movimiento exclusivamente colombiano. Craso error. El terrorismo en el siglo XXI ya no tiene caracteres locales o nacionales, ya que su funcionamiento en red con otras actividades ilícitas como el narcotráfico y el contrabando hacen que aquél prácticamente no tenga fronteras. La misma afirmación puede extenderse a toda la criminalidad organizada.

Moisés Naím, autor del libro "Ilícito: Cómo contrabandistas, traficantes y piratas están cambiando el mundo" señala que las instituciones políticas que tenemos en el marco de Estados nacionales ya no tienen la capacidad de afrontar por sí solas el desafío de la criminalidad global. Un contrabandista puede un día comerciar con joyas, combustible, DVD´s piratas; al día siguiente vender armas por Internet a cualquier guerrilla, grupo paramilitar, terrorista o individuo común que las requiera y al día siguiente seguir con su vida de buen ciudadano con su perfectamente legal negocio de importación y exportación de alimentos; al día siguiente es capturado vendiendo armas nuevamente a un grupo armado y la prensa celebra su captura como una victoria sobre el terrorismo. Problemas globales requieren soluciones globales; en consecuencia, una transición hacia nuevas formas de integración y cooperación que nos permitan responder oportunamente a los desafíos que representa el nuevo crimen organizado. Precisamente por ser global, ahora la nacionalidad del criminal importa poco, ya que al no existir una jerarquía decisional claramente establecida al interior de estas redes, no se sabe hacia donde apuntar. Los grupos ilícitos se regeneran fácilmente por lo que estamos en un ajedrez caótico donde el rey se esconde permanentemente (si lo hubiera) y sólo los peones son derribados. Se puede comparar fácilmente el caso de Sendero Luminoso que vio caer toda su estructura logística por su modo de organización vertical tras la captura de Abimael Guzmán, mientras que las FARC han logrado sobreponerse a la captura de varios de sus líderes.

El caso de las FARC es realmente aleccionador. Clásicamente, los conflictos interestatales tenían una escalada previa que permitía ver lo que se avecinaba. El primero de marzo ningún ciudadano de a pie imaginaba lo que sucedería. Al día siguiente, tres países sudamericanos se hallan al borde de una guerra en la que sus vecinos del subcontinente no hubieran podido mantenerse neutrales. Las instituciones nacionales crean conflictos nacionales, así que un grupo terrorista cualquiera con sólo pasar de un lado a otro de la frontera puede cambiar de estatus en tanto no exista una realmente efectiva cooperación multilateral en materia de lucha antiterrorista y crimen organizado, conociendo sus efectivos puntos de encuentro.

En este sentido, los países sudamericanos, especialmente los de la región andina, deben tomar conciencia de los riesgos y amenazas comunes que estamos afrontando como subcontinente. Es necesaria una cooperación mutua y efectiva en temas de seguridad y defensa continental. Lamentablemente un escenario así se hace remoto aún, en primer lugar por la desconfianza mutua entre países que ha surgido a raíz de esta crisis. (Ya nadie puede negar la veracidad de la información de la computadora de Raúl Reyes, la cual a los pocos días permitió la captura del traficante de armas Víctor Bout en Tailandia, mientras iba a cerrar un negocio con las FARC; lo cual deja muchas sospechas sobre las verdaderas intenciones de los gobiernos ecuatoriano y venezolano) Otro problema para la cooperación es la polarización ideológica que ha producido en la región el movimiento bolivariano y la falta de una definición común de lo que es el terrorismo. Esto último es en realidad un problema mundial ya que ni siquiera a nivel de la ONU existe una definición común de lo que es.

Sin embargo, en ese sentido ya han comenzado a darse avances, precisamente a raíz del conflicto colombo-ecuatoriano. Uno de ellos es la propuesta brasileña de la creación de un Consejo Sudamericano que permita articular políticas de defensa comunes; una de ellas el fortalecimiento de la vigilancia de fronteras, lo cual permitiría evitar problemas como el iniciado el día 2 de marzo.

Debemos señalar que si bien estas iniciativas integradoras son saludables, nuestro país debe tener la capacidad bélica y logística para afrontar un reto de esta envergadura. Dicha capacidad debe fortalecerse tanto a nivel de vías de comunicación con el interior del país, capacidad de detección de radar así como aumentar y acelerar nuestra compra de armamento, articulando dicha compra de manera estratégica y acorde a los riegos y amenazas internas, externas, regionales y globales que afronta el Perú.

JOSEPH S. NYE. ESTADOS UNIDOS Y CHINA: MIEDO RECIPROCO

Por Joseph S. Nye, catedrático en la Universidad de Harvard, y autor del libro The Powers To Lead, en prensa. © Project Syndicate, 2008. Traducción de María Luisa Rodríguez Tapia (EL PAÍS, 20/01/08):

Los sondeos de opinión indican que la tercera parte de los estadounidenses creen que China “pronto dominará el mundo”, y casi la mitad piensa que la ascensión china es “una amenaza para la paz mundial”. A su vez, muchos chinos tienen miedo de que Estados Unidos no acepte su “ascensión pacífica”. Tanto estadounidenses como chinos deben evitar unos temores tan exagerados. La existencia de buenas relaciones entre los dos países será un factor clave para la estabilidad mundial en este siglo.Quizá la mayor amenaza contra la relación bilateral es la convicción de que el conflicto es inevitable. A lo largo de la historia, cada vez que una potencia en ascenso inspira miedo a sus vecinos y otras grandes potencias, ese miedo se convierte en causa de conflicto. En circunstancias así, hechos aparentemente menores pueden desencadenar una reacción en cadena imprevista y desastrosa.En la actualidad, la mayor posibilidad de que se produzca un incidente desestabilizador está en las complejas relaciones entre una y otra orilla del Estrecho de Taiwan. China, que considera que Taiwan es parte integrante de su territorio y que se esconde tras la marina estadounidense desde la época de la guerra civil en el país oriental, ha prometido responder por la fuerza a cualquier declaración de independencia por parte de la isla.Estados Unidos no pone en tela de juicio la soberanía china, pero quiere un acuerdo pacífico que mantenga las instituciones democráticas de Taiwan. En el propio Taiwan está cada vez más extendido el sentimiento de identidad nacional, pero hay una clara división entre los pragmáticos de la “alianza pan-azul”, que comprenden que la geografía les exige llegar a algún acuerdo con la China continental, y la “alianza pan-verde” que gobierna en la actualidad y que aspira, en distintos grados, a lograr la independencia.Los dos sectores se enfrentarán en las elecciones presidenciales de Taiwan el 22 de marzo. Los últimos sondeos indican que el ex alcalde de Taipei, Ma Ying-jeou, del Kuomintang (KMT), va por delante de Frank Hsieh, del Partido Progresista Democrático (PPD), hoy en el Gobierno. Pero algunos observadores temen que el presidente saliente, Chen Shui-bian, del PPD, busque un pretexto para impedir la derrota del bando partidario de la soberanía. Chen ha propuesto un referéndum para decidir si Taiwan debe entrar en la ONU, un paso que China considera provocador. Pero él responde que es China “la que está actuando de forma provocadora”.Estados Unidos está claramente preocupado. Hace poco, la secretaria de Estado, Condoleezza Rice, dijo en una rueda de prensa que “creemos que elreferéndum para decidir si se solicita la entrada en la ONU con el nombre de ‘Taiwan’ es una medida provocadora. Suscita tensiones innecesarias en el Estrecho de Taiwan y no aporta ventajas reales a la población taiwanesa en el ámbito internacional”. Asimismo Rice repitió que su Gobierno mantiene una política de oposición a “la amenaza unilateral de alterar el statu quo por parte de cualquiera de los dos bandos”.Ese mismo día, el secretario de Defensa, Robert Gates, criticó a China por haber interrumpido inesperadamente las visitas de buques estadounidenses a puertos chinos debido a las ventas de armas de Estados Unidos a Taiwan. Según Gates, había explicado a las autoridades chinas que las ventas de armas eran coherentes con anteriores políticas y que “mientras siguieran acumulando fuerzas en su orilla del Estrecho de Taiwan, seguiríamos proporcionando a Taiwan los recursos necesarios para defenderse”. Sin embargo, Gates añadió que, pese al incremento del presupuesto de defensa chino, “no considero que China sea un enemigo, y creo que existen oportunidades de cooperación permanente en varias áreas”.En principio, la cuestión de Taiwan no tiene por qué desembocar en conflicto. Teniendo en cuenta los cambios cada vez mayores que están produciéndose en China y el aumento de los contactos económicos y sociales entre ambas orillas del Estrecho, debe ser posible encontrar una fórmula que permita a los taiwaneses conservar su economía de mercado y su sistema democrático sin tener un letrero en la ONU.Hasta ahora, Estados Unidos ha intentado hacer posible este camino mediante la insistencia en dos límites muy claros: nada de independencia para Taiwan y nada de uso de la fuerza para China. Pero, con el peligro de que haya incidentes derivados de la rivalidad política en Taiwan y la impaciencia creciente del Ejército de Liberación del Pueblo en el continente, Estados Unidos debería promover negociaciones y contactos más activos entre las dos partes.Estados Unidos tiene un interés nacional de tipo general en mantener buenas relaciones con China y un interés específico, desde el punto de vista de los derechos humanos, en proteger la democracia de Taiwan. A Estados Unidos no le interesa ayudar a que Taiwan se convierta en un país soberano con un escaño permanente en la ONU, y los intentos actuales de algunos taiwaneses en ese sentido representan un grave error de cálculo y el mayor peligro de que se cree la enemistad entre Estados Unidos y China.Ya hay algunos chinos que sospechan que los estadounidenses aspiran a tener un Taiwan independiente que constituya “un portaaviones imposible de hundir” y susceptible de ser utilizado contra un futuro enemigo chino. Se equivocan, pero tales sospechas pueden alimentar un clima de enemistad.Si Estados Unidos trata hoy a China como enemigo, se asegurará un futuro de enemistad. Aunque no podemos saber con exactitud cómo va a evolucionar China, no tiene sentido hacer imposible la perspectiva de un futuro mejor. La política estadounidense actual combina la integración económica con una salvaguarda contra la futura incertidumbre. La alianza de seguridad Estados Unidos-Japón hace que China no pueda jugar con “la carta de Japón”. Pero, aunque utilizar ese tipo de protecciones es natural en la política mundial, la modestia es importante para ambos bandos. Si el clima general es de desconfianza, lo que a un lado le parece una salvaguarda al otro puede parecerle una amenaza.No hay ninguna necesidad de que Estados Unidos y China entablen una guerra en este siglo. Ambas partes deben cuidar de que un incidente a propósito de Taiwan no acabe llevándoles en esa dirección. Los estadounidenses y los chinos tienen que evitar que unos temores exagerados acaben engendrando una profecía autocumplida.

viernes, 22 de febrero de 2008

Artículo de nuestro Asesor Honorario Don José de la Puente Radbill

PERÚ, CHILE Y NUESTRA FRONTERA MARÍTIMA

Un vicecanciller desmemoriado

Por José de la Puente Radbill. Ex canciller del Perú

A los diplomáticos se nos enseñó, desde muy jóvenes, a hacer de la paciencia una de nuestras virtudes. Pero todo tiene un límite ante la actitud ambigua y agraviante del designado agente chileno ante la Corte Internacional de Justicia, señor Alberto Van Kleveren, viceministro de Relaciones Exteriores de ese país, que adelanta opinión respecto al hito "vanguardia" pretendiendo desconocerlo como inicio de nuestra frontera. Y lo hace precisamente cuando se anuncia que se reunirá con nuestro agente en La Haya el 14 de marzo próximo.
Mal comienzo para lo que debería ser una reunión de altos niveles de profesionalismo y de mutuo respeto.
Le voy a recordar un poco la memoria al señor Van Kleveren.
Antes de nuestra infausta guerra con Chile, el historiador don Mariano Felipe Paz Soldán, en 1865, y el eminente Antonio Raimondi, en 1875, publicaron los mapas de nuestras antiguas provincias de Tarapacá, Arica y la que aún conservamos, Tacna.
En ese inmenso territorio, que se extendía hasta la entonces frontera con Antofagasta, solo el área de Tararapacá sobrepasaba los 69.000 kilómetros cuadrados, que agregados a los 11.300 kilómetros cuadrados de Arica, sumaba casi 81.000 kilómetros cuadrados, lo que equivale a casi al doble del territorio de Holanda, la antigua patria de sus antepasados, señor Van Klaveren.
El Perú sufrió con estoicismo y coraje los efectos brutales de la Guerra del Pacífico, y lo mismo hizo Holanda frente al invasor alemán, pero con resultados disímiles, puesto que esta última, debido a la maravilla tecnológica de los 'poulders', le ganó territorio al mar. Mientras que nuestra patria perdió para siempre Tarapacá y Arica.
Hoy, por unos, en comparación, míseros kilómetros cuadrados que el Perú reclama bajo el imperio de una equidad justiciera, usted parece olvidar que en 1883 quedó formalizado por un tratado el ejercicio brutal de la fuerza.
Los peruanos no somos rencorosos, pero no carecemos de memoria. Por favor, no nos la reviva en perjuicio de quienes buscamos una convivencia entre nuestras naciones, pero siempre con honor y con veneración por nuestros mayores.

(Publicado en "El Comercio" 22 de febrero de 2008)

jueves, 14 de febrero de 2008

Reunión Académica del 16/02: "Órganos de las Relaciones Internacionales de los Estados"

Este sábado en la sesión académica se tratará un tema de Derecho Diplomáticos: "Órganos de las Relaciones Internacionales de los Estados" por parte de Carlos Falconi, miembro principal del TADI.

Están coordialmente invitados, es a las 10 am, nos encontramos en el hall de la facultad.

Atte.
Mariela Rodríguez
Secretaria Académica del TADI

miércoles, 13 de febrero de 2008

Nueva Junta Directiva 2008

El día 2 de febrero se llevaron a cabo las elecciones anuales del TADI con el fin de elegir la nueva Junta Directiva de nuestro Taller de investigación.

Queremos felicitar a los integrantes que resultaron elegidos como miembros de la Junta y les deseamos éxito en la gestión 2008:

Coordinación General: Silvio Mezarina
Coordinación Adjunta: Kory Del Carpio
Secretaría Académica: Mariela Rodríguez
Secretaría Administrativa: Carlos Falconi

Muy pronto estaremos haciendoles conocer las actividades académicas de TADI para este año.

Integración de Nuevos Miembros

El TADI desea felicitar la integración de Yurica Ramos y Anthony Medina quienes el sábado 19 de enero fueron oficialmente incorporados como nuevos miembros del Taller.

Como requisito previo, Yurica Ramos compartió con nosotros una exposición sobre el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y, seguidamente, Anthony hizo una ilustrativa intervención acerca de la importancia del estudio de las Relaciones Internacionales en nuestro país.

De este modo, sus membresías fueron aprobadas unánimente, convirtiéndose ahora en integrantes principales de nuestro grupo de investigación.

domingo, 27 de enero de 2008

REGLAMENTO DEL TALLER DE DERECHO INTERNACIONAL

CAPÍTULO I.- DE LA MEMBRESÍA

Art. 1.- Será Miembro Principal del TADI el alumno de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM que presente su solicitud ante la Junta de Delegados y que asistiendo por un tiempo razonable a las Sesiones del taller haya -como mínimo- aportado con una exposición sobre cualquier tema afín al Derecho Internacional o las Relaciones Internacionales y haya demostrado su serio compromiso por el taller.
En caso de no cumplir con alguno de estos requisitos la persona que haya presentado su solicitud será considerada como colaboradora del taller, no pudiendo formar parte de la Junta de Delegados (Junta Directiva) ni de la Asamblea General.

Art. 2.- Los Miembros Asociados son aquellos que cumpliendo los requisitos exigidos para ser Miembros Principales, no pueden ser considerados como tales por que son Miembros Principales de otro Taller de Investigación o no son alumnos de la Facultad de Derecho de la UNMSM. Sin embargo, pueden ser parte de la Asamblea General.
Pueden ser Miembros Asociados del TADI los alumnos de otras Facultades de la UNMSM, los ex alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM.

Art. 3.- Los Miembros Honorarios son aquellos participantes del TADI que por algún mérito particular (académico o benéfico hacia el taller) o por su antigüedad como miembros son distinguidos como tales por la Asamblea General del Taller. Según su naturaleza pueden ser parte de la Asamblea General.

Art. 4.- Los Colaboradores son los participantes del Taller que no cumplen los requisitos de ser Miembros del Taller, o son alumnos destacados de otras universidades. No pueden votar en Asamblea General, pero se les estará permitido asistir a algunas Sesiones.

Art. 5.- Los Miembros Investigadores son aquellos que son designados en Asamblea General para notificarlos al Comité Supervisor para que éste emita alguna carta de felicitación, subvención, apoyo a alguna publicación, etcétera.


CAPÍTULO II.- DE LA PÉRDIDA DE LA MEMBRESÍA

Art. 6.- Se pierde la membresía por:
a. Sanción impuesta por la Asamblea General;
b. De hecho cuando el participante deja de asistir al taller;
c. Por renuncia expresa.


CAPÍTULO III.- DE LA JUNTA DE DELEGADOS

Art. 7.- Podrá ser elegido como Delegado el Miembro del Taller que cumpla con los siguientes requisitos:
a. Ser Miembro Principal del TADI.
b. No haber faltado a dos Sesiones seguidas en un mes.
c. Ser elegido en Asamblea General.

Art. 8.- La Junta de Delegados o Junta Directiva está formada por los Delegados de las Áreas del TADI, cada área puede tener hasta tres Delegados.

Art. 9.- Los cargos de la Junta Directiva son: Coordinador General, Vicecoordinador, Secretario Académico, Secretario Administrativo, y Tesorero. A excepción del Coordinador General y el Vicecoordinador, son elegidos por áreas entre los miembros de su respectiva área.

Art. 10.- El Coordinador General es elegido de entre los Delegados de las Áreas del taller, dirigirá las Sesiones, la Asamblea General y representará legalmente al TADI.

Art. 11.- El Vicecoordinador es elegido de entre la Junta de Delegados y reemplaza al Coordinador General cuando no puede realizar sus obligaciones.

Art. 12.- El Secretario Académico es un Delegado del Área de Investigación-Publicaciones y sus funciones principales son las de coordinar la realización de investigaciones y actividades de divulgación a través de la elaboración de medios de difusión, plantear temas para coloquios en las sesiones del taller y coordinar la parte académico del Plan de trabajo con la Junta de Delegados.

Art. 13.- El Secretario Administrativo es un Delegado del Área de Eventos-Publicidad-Relaciones y sus funciones principales son la coordinación en la realización de eventos académicos, difusión de las actividades del TADI y mantener vínculos con diferentes instituciones que se desenvuelven en el área internacional.

Art. 14.- El Tesorero es elegido de entre los miembros del Área Eventos-Publicidad-Relaciones, tiene como función administrar los fondos del TADI y proponer las actividades económicas que provean recursos al taller.

CAPÍTULO IV.- DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 15.- Para ser parte de la asamblea General se requiere ser Miembro Ordinario del Taller y no haber faltado a tres sesiones seguidas en un dos meses o a cinco intermedias en tres meses.

CAPÍTULO V.- DE LOS ASESORES

Art. 16.- El tadi puede contar con más de un asesor, sin embargo el Asesor Principal es el que pertenece a la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM; es el único que tiene las prerrogativas mencionadas.

Los otros Asesores Asociados del TADI son personas de destacada trayectoria en el Derecho Internacional y áreas afines, sobresalientes catedráticos, embajadores, expertos y estudiosos en estudios internacionales, entre otros, que son elegidos en Asamblea General y pueden ser distinguidos como Asesores Honorarios.

CAPÍTULO VI.- DE LA ASISTENCIA

Art. 17.- La asistencia es obligatoria para los integrantes de la Junta de Delegados. Para el caso de los miembros que presidan alguna Comisión también es obligatoria su asistencia. Los Colaboradores no tienen obligación de asistir a las Sesiones.

CAPÍTULO VII.- DE LAS SESIONES

Art. 18.- En las Sesiones debe guardarse la seriedad y respeto necesarios. Las Sesiones serán presididas por el Coordinador General (Representante del taller), en caso que no asista éste, será reemplazado por el Coordinador Adjunto o el Secretario Académico. Luego de cada exposición habrá un debate. La participación en el debate se dará en forma ordenada e individual.

Art. 19.- El Asesor, así como los miembros del TADI, debe presentar una exposición sobre cualquier tema de Derecho Internacional o afín.

Art. 20.- Todos los Miembros y Colaboradores del taller deben participar activamente en las Sesiones desarrollando proyectos de investigación, exponiendo en coloquios y presentando propuestas para el eficaz desempeño del taller.

CAPÍTULO VIII.- DE LOS EVENTOS

Art. 21.- Los eventos que realice el TADI pueden ser clases magistrales, seminarios, conferencias, congresos, coloquios, etc.

Art. 22.- Tanto la Junta de Delegados, los miembros de Comisiones, y los Miembros y Colaboradores (que se hayan comprometido a participar) tienen la obligación de apoyar al buen desarrollo de los eventos.

Art. 23.- Los eventos que realice el TADI pueden ser gratuitos y no gratuitos. En el segundo caso, se podrán realizar estos eventos para fines específicos que beneficien la labor académica y de difusión del taller.
Sin embargo, el TADI deberá presentar un informe pormenorizado que estará conformado por los ingresos y egresos del evento a la Unidad de Investigación o al ente que fiscalice la labor de los Talleres de Investigación. Esto de conformidad con el Estatuto del TADI y el Reglamento de Talleres de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Art. 24.- El Informe de los eventos no gratuitos estará conformado por la parte económica (ingresos, egresos, etc.) y la parte académica (temas, ponentes, lugar, fecha, etc).

CAPÍTULO IX DE LAS COMISIONES

Art. 25.- La Asamblea General, la Junta de Delegados o cada área específica del taller (Área de Investigación, Publicaciones y Eventos, Publicidad y Relaciones) tiene la facultad de crear Comisiones.
Art. 26.- Cualquier miembro del taller puede presidir dichas Comisiones, las cuales tendrán un fin específico y de corto tiempo, según sea su naturaleza.

CAPÍTULO X.- DE LAS FALTAS

Art. 27.- Las sanciones se aplicarán a los Miembros y Colaboradores que incurran en las siguientes faltas:
a. Llegar constantemente tarde a las Sesiones, asambleas u otras reuniones del taller.
b. No concurrir a las reuniones acordadas sin una justificación (sólo a los Miembros del taller).
c. No colaborar en la realización de eventos académicos previamente aprobados por la Asamblea General o la Junta de Delegados.
d. Calumniar o difamar al TADI o a alguno de sus integrantes.
e. Utilizar el taller para fines no contemplados por el Estatuto.
f. Tener una conducta que atente contra la buena reputación del taller.
g. No presentar o exponer un trabajo de investigación en los plazos contemplados en un Cronograma de Actividades aprobado por Asamblea General sin causa justificada.
h. Infringir cualquier punto del Estatuto.

Art. 28.- Si la falta fuese cometida por algún miembro de la Junta de Delegados, y ésta sea muy grave, éste deberá dejar temporalmente el cargo, mientras se aclare su situación.

CAPÍTULO XI.- DE LAS SANCIONES

Art. 29.- Las sanciones serán impuestas por la Junta de Delegados, el Asesor o por la Asamblea General, según sea el caso.

Art. 30.- Cualquier Miembro o Colaborador podría impugnar la sanción establecida por la Junta de Delegados siempre y cuando sea presentada por escrito y que cuente con la firma de dos miembros del Taller. La impugnación se resolverá en una Asamblea General.

Art. 31.- Para la aplicación de la sanción se tendrá en cuenta:
a. La reincidencia en la falta.
b. La gravedad de la falta.
c. Existirá un agravante si el infractor forma parte de la Junta de Delegados.

Art. 32.- Las sanciones ha imponerse serán:
a. Amonestación verbal y/o escrita por parte de la Junta de Delegados o el Asesor.
b. Destitución del cargo que venía ocupando, por parte de la Junta de Delegados o Asamblea General según corresponda.
c. Separación temporal del Taller, por parte de la Asamblea General.
d. Separación definitiva del Taller, por parte de la Asamblea General.

Art. 33.- Los miembros de la Junta de Delegados que falten a más de 4 sesiones consecutivas o más de 7 alternativas, en dos semestres será destituido de su cargo.

Art. 34.- Los miembros del Taller que falten a más de 8 sesiones en dos semestres, no podrán formar parte de la Junta de Delegados.

Art. 35.- Los miembros que presidan alguna Comisión que no asistan 2 veces a las reuniones de la Comisión serán separados de la Comisión.

Art. 36.- Los miembros que incurran en las faltas contempladas en los literales d, e y f del art. 11 serán separados definitivamente del TADI.

CAPÍTULO XII.- DE LAS DISTINCIONES

Art. 37.- Los participantes en el taller que hayan obtenido algún logro académico resaltante serán distinguidos por el TADI.

Art. 38.- El participante que es distinguido será nombrado Miembro Honorario del TADI.

CAPÍTULO XIII.- DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO

Art. 39.- El Reglamento del TADI puede ser modificado en Asamblea General con mayoría simple.

CAPÍTULO XIV.- DE LAS DE ELECCIONES

Del Comité de Elecciones

Art. 40.- El Comité de Elecciones está conformado por un Presidente y dos secretarios, que serán elegidos en Asamblea General.
El comité preparará el padrón de Control de asistencia, así como la hoja de escrutinio. En el padrón estarán registrados los nombres de todos los miembros del Taller; también se encargará de preparar las cédulas de sufragio, conteniendo los cargos de la Junta Directiva que se ponen a disposición.

Requisitos para Votar

Art. 41.- Son requisitos para votar: el carné universitario, el DNI o el carné de biblioteca, o cualquier otro documento válido de identificación.

Desenvolvimiento de las Elecciones

Art. 42.- El voto será secreto. Sólo los miembros activos podrán hacerlo (de manera personal). Los candidatos votan por ser miembros.

Art. 43.- La hora de inicio de votación se ajustará a la hora destinada para las reuniones del Taller, de manera puntual. Asimismo, se dispondrá del día en que se hacen las reuniones, en el ámbito designado por la Unidad de Investigación de la Facultad. La duración de la votación será no mayor de media hora, en donde luego se pasará al escrutinio.

Art. 44.- Tanto el asesor del Taller, así como miembros honorarios, se podrán desempeñar en el cargo de observadores, previa aceptación de éstos.

Art. 45.- Los resultados se conocerán a los pocos instantes, luego de realizar el conteo y escrutinio respectivo, en presencia de todos los miembros y observadores.
Ante algún empate en determinado cargo, se realizará votación a mano alzada. Se necesita la presencia de todos los miembros (o su mayoría) para proceder a la elección definitiva.
Si se tuviese un solo candidato por cargo, éste se declarará ganador siempre que tenga el 50% más 1 de los votos válidos.

Art. 46.- Sólo es válido el voto en blanco. Se pide abstenerse de votar nulo.

De la Convocatoria para Ser Miembro de La Junta Directiva

Art. 47.- La convocatoria para acceder a algún cargo de la Junta Directiva, se realizará de dos a tres semanas antes de la fecha prevista para las elecciones, que son anuales. La propuesta a ser candidato puede ser personal o a través de un tercero, siempre que posteriormente acepte el propuesto.

Art. 48.- Para ser candidato se requiere como requisitos: que sean miembros activos del Taller, así como que el candidato haya llevado el curso de Derecho Internacional Público, de conformidad con el art. 7 del presente reglamento.

CAPÍTULO XV.- DISPOSICIONES FINALES

Art. 49.- Los miembros o colaboradores que fueran separados de manera definitiva del Taller no tendrán derecho a exigir reembolso por las aportaciones que hubiesen realizado, ni dejarán de pagar las deudas que hayan contraído como integrantes del TADI.

Art. 50.- Mientras no se pueda aplicar el Estatuto del TADI, con relación a las elecciones por áreas, se aplicarán las disposiciones del presente reglamento.

Art. 51.- En caso de laguna o vacío en el Reglamento debe ser interpretado de acuerdo con los principios generales del Derecho y las normas vigentes del Derecho Peruano.

RESEÑA HISTÓRICA

Fundación: 26 de abril de 1997
Resolución Decanal: R.D. Nº 404-D-FD-2002 del 23/09/2002
Resolución Rectoral: R.R. Nº 06959-R-02 del 31/10/2002

El Taller de Derecho Internacional (TADI) fue fundado por iniciativa del Dr. Augusto Hernández Campos, quien hizo una convocatoria a los estudiantes interesados, siendo Sandro Campos Laredo, Marilyn Blancas, Víctor Aguirre Balabarca y Catherine Bernabe -alumnos de cuarto año de la carrera de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos- los primeros miembros de lo que es hoy uno de los Talleres de Investigación más prestigiosos de nuestra Facultad.

Desde esa fecha hasta la actualidad el TADI ha creado un importante círculo de investigación que se ha convertido en referente para todos aquellos estudiantes que desean sumergirse en el área del Derecho Internacional.

Así mismo, el TADI, a través de sus 8 años de trayectoria ha agrupado a diversas generaciones de estudiantes investigadores y ha desarrollado un fructífero camino en el cual destaca:
- Realización de numerosos trabajos de investigación y artículos sobre Derecho Internacional y las Relaciones Internacionales.
- Elaboración de artículos analizando problemas de coyuntura internacional.
- Participación en Congresos estudiantiles y actividades académicas tanto nacionales e internacionales representando a la UNMSM.
- Organización de conferencias, seminarios y charlas relacionados a la difusión del Derecho Internacional y al debate sobre aspectos de coyuntura mundial.
- Implementación de una biblioteca especializada en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales.

VISIÓN

El TADI tiene como visión convertirse en un Instituto de Investigación de la UNMSM, reconocido tanto en el ámbito nacional como internacional por su calidad académica y científica ocupando un lugar preponderante en la investigación en Derecho Internacional y ramas afines.

MISIÓN

El Taller de Derecho Internacional (TADI) es una institución oficial de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos conformada por estudiantes interesados en profundizar conocimientos, investigar, debatir y difundir el Derecho Internacional y las Relaciones Internacionales en todo ámbito.

viernes, 25 de enero de 2008

Embajador Manuel Rodriguez Cuadros visita Tacna

Sur Noticias 22 Enero|

Al encontrarse en nuestra ciudad para cumplir acciones de difusión y presentación del libro de su autoría "Delimitación Marítima con Equidad – El caso de Perú y Chile", el Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, ex Canciller de la República, realizó una visita protocolar al Señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna Econ. Hugo Ordóñez Salazar, quien le expuso la firme posición de Tacna frente al problema marítimo – fronterizo con Chile, que consiste en primer lugar, en respaldar al Gobierno Peruano en la presentación de la demanda, coincidiendo en señalar que es necesaria la unidad de los peruanos en estas circunstancias.

El Presidente Regional hizo saber al Ex Canciller, que luego de una importante reunión sostenida con autoridades y representantes de la sociedad civil de Tacna se ha planteado la necesidad de tener un representante directo en la respectiva comisión, debido a que es la colectividad más sensibilizada y que tiene conocimiento de la problemática vigente en las relaciones con Chile, tal como lo demostró al vanguardizar, en la década pasada, el rechazo a las nefastas "Convenciones de Lima" y el 4 de abril del año pasado, desde la frontera solicitamos que de una vez se acuda a la Comisión Interamericana de la Haya.

Por otro lado y teniendo en cuenta el carácter procesal de la Demanda, se ha considerado que actuando en función al principio geopolítico vigente de crear " Fronteras Vivas" debe procederse a fortalecer la frontera sur, específicamente se debe redimir a Tacna en términos económicos, concretizando un "Plan mínimo de desarrollo interno y sostenible" que considere la ejecución de verdaderos proyectos de desarrollo: La carretera internacional Tacna –La Paz, la potenciación de nuestro Puerto en Arica, etc.

Asimismo se acordó trabajar conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Educación para implementar una Cruzada Nacional tendiente a internalizar en el conocimiento de cada peruano la naturaleza y forma solutoria del problema fronterizo marítimo con chile.

Finalmente se conformará un Comité Cívico de Defensa del Mar de Grau que se encargará de promover acciones de sensibilización, concientización y difusión del tema en todos los niveles educativos, sociales y culturales, así como estar vigilantes junto a la población sobre los sucesos que se den en La Haya.

Por su parte el Embajador Rodríguez Cuadros, agradeció la atención del Presidente Regional, respaldo su posición y felicitó la iniciativa de defender el mar de Grau en unidad con autoridades y población; asimismo en un acto de identidad con Tacna, ofreció sus servicios ad honoren para asesorar al Gobierno Regional en las acciones que se programen en defensa de la territorialidad, proponiendo alianzas estratégicas para potenciar el desarrollo de Tacna, a través de proyectos integrales que el Gobierno Central debería ejecutar en pago a la deuda que tenemos todos los peruanos con esta Tierra Heroica, dijo.

FUENTE: http://www.surnoticias.com/modules.php?name=News&file=article&sid=4439 (25-01-08)